Certificados de Eficiencia Energetico

Con la aparición del RD 235/2013 de 5 de abril, se introduce la obligación de realizar un certificado de eficiencia energético en todo edificio, vivienda o bajo comercial que vaya a ser vendido o alquilado, por parte del propietario.
El certificado es una valoración de la eficiencia energética del inmueble, dándole una calificación de A a G, y su finalidad es informar al propietario. No existe obligación de efectuar ningún tipo de mejora o reforma.
Posteriormente dicho certificado ha de ser registrado en el organismo competente a tal efecto de la Comunidad Autónoma.
El propietario dispondrá de una etiqueta identificativa de la eficiencia energética de la vivienda, semejante a las que podemos ver en los diferente electrodoméstico.
Evidentemente sería de desear obtener una calificación A, pero me temo que en las edificaciones existente, la mayoría de los inmuebles estarán en la cola de la clasificación, lo que inevitablemente da una muestra de la poca calidad energética que tienen nuestras construcciones.

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